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Comentario Legal
24 de agosto de 2026

Crean Grupo de Trabajo Sectorial para revisar y fortalecer la normativa en materia de criminalidad

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Crean Grupo de Trabajo Sectorial para revisar y fortalecer la normativa en materia de criminalidad

La resolución ministerial crea un Grupo de Trabajo Sectorial dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya función principal será realizar una revisión integral de las modificaciones normativas relacionadas con la criminalidad y formular propuestas que permitan actualizar y fortalecer el marco jurídico vigente.

El Grupo de Trabajo estará presidido por el Viceministro de Justicia e integrado, además, por el Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE y el Director General de Asuntos Criminológicos.

Asimismo, se establece la posibilidad de incorporar como invitados a representantes de instituciones públicas o privadas vinculadas con la materia, así como a especialistas y profesionales que puedan contribuir al cumplimiento de los objetivos del grupo. Tanto sus integrantes como los invitados ejercerán sus funciones ad honorem

Por su parte, entre sus principales funciones se encuentra la revisión integral de las diversas modificaciones normativas en materia de criminalidad, la consolidación de aportes provenientes de instituciones, la academia y la sociedad civil, y la formulación de los proyectos de ley que correspondan.

La creación de este Grupo de Trabajo representa una medida orientada a revisar y fortalecer el marco normativo relacionado con la criminalidad, mediante la participación coordinada de autoridades, instituciones especializadas, académicos y representantes de la sociedad civil. Con ello, se busca generar propuestas normativas que permitan mejorar la respuesta del Estado frente a la comisión de delitos.

Es así que se resuelve:

Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Sectorial

Crear el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tenga por objeto revisar la normativa vigente en materia de criminalidad y formular propuestas para su actualización y fortalecimiento, con la finalidad de mejorar los mecanismos de prevención, investigación, persecución, juzgamiento y sanción de los delitos, contribuyendo a una respuesta más eficaz del Estado frente a la criminalidad.

Artículo 2.- Conformación

El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por los/las siguientes integrantes:

a. El Viceministro de Justicia, quien lo preside.

b. El Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia.

c. El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE.

d. El Director General de Asuntos Criminológicos.

Artículo 3.- Participación de invitados

El Grupo de Trabajo Sectorial puede acordar contar con la participación, en calidad de invitados, de instituciones públicas o privadas vinculadas con el objeto del grupo de trabajo sectorial, así como especialistas y profesionales que contribuyan al cumplimiento de su objeto.

Artículo 4.- Condición de miembros e invitados

Los integrantes e invitados del Grupo de Trabajo Sectorial ejercen sus funciones ad honorem y pueden contar con un representante alterno.

[…]

Artículo 6.- Funciones

6.1. El Grupo de Trabajo Sectorial tiene las siguientes funciones:

a) Realizar la revisión integral de las diversas modificaciones normativas en materia de criminalidad.

b) Consolidar los aportes institucionales, de la academia y de la sociedad civil que puedan formularse respecto del proyecto.

c) Formular la(s) propuesta(s) de proyectos de ley que correspondan.

d) Realizar reportes mensuales al Ministro de Justicia y Derechos Humanos respecto a los avances de sus funciones.

e) Otras acciones necesarias para el cumplimiento de su objeto.

6.2. Al vencimiento del período de vigencia del Grupo de Trabajo, la Secretaría Técnica debe remitir al Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos un informe que contenga la revisión integral de las diversas modificaciones normativas, y, como anexo, de corresponder, el(los) proyecto(s) normativo(s) elaborado(s) en la materia con su respectiva exposición de motivos, de ser el caso.

Artículo 7.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que brinda el apoyo técnico y administrativo, coadyuvando al cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo.

[…]

Artículo 9.- Período de vigencia

El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación, pudiendo prorrogarse por periodos similares o inferiores, mediante Resolución Ministerial, según acuerde el Grupo de Trabajo, en función al cumplimiento de su objeto. En cualquier caso, la prórroga no supera el plazo máximo establecido en el numeral 28.2 del artículo 28 del Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM.

Edmonth Ernesto Barreto Neyra
Esp. Edmonth Ernesto Barreto Neyra

Documentos adjuntos

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 311-2026-JUS

Crean Grupo de Trabajo Sectorial con el objeto revisar la normativa vigente en materia de criminalidad y formular propuestas para su actualización y fortalecimiento con la finalidad de mejorar los mecanismos de prevención investigación persecución juzgamiento y sanción de los delitos