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Comentario Legal
17 de julio de 2020

Dejan sin efecto el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo del Ministerio Público

Penal
Dejan sin efecto el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo del Ministerio Público

Mediante la Res. N.° 802-2020-MP-FN, publicada el 17 de julio del 2020 en el diario oficial El Peruano, se dejó sin efecto el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo en el Ministerio Público.

Es así que se resuelve:

Artículo primero. Dejar sin efecto, el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo, oficializado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 727-2020-MP-FN, de fecha 24 de junio del 2020.

Artículo segundo. Disponer que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público formule las modificatorias del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo, conforme a las vigentes medidas sanitarias y de prevención emitidas por el Ministerio de Salud a través de la Resolución Ministerial N.º 448-2020-MINSA, poniéndolas a conocimiento de este despacho, dentro del plazo de cinco (5) días calendario de emitida la presente resolución.

Artículo tercero. Dejar sin efecto cualquier disposición que contravenga la presente resolución.