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Dispusieron el funcionamiento del Sistema de Alertas de Prisión Preventiva en el Sistema Integrado Judicial (SIJ)

Dispusieron el funcionamiento del Sistema de Alertas de Prisión Preventiva en el Sistema Integrado Judicial (SIJ)
Paula Fe Mattos Yánac
Por Paula Fe Mattos Yánac
15 de noviembre de 2019

Mediante Resolución administrativa N.° 418-2019-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de noviembre del 2019, se dispuso el funcionamiento del Sistema de Alertas de Prisión Preventiva en el Sistema Integrado Judicial, para los órganos jurisdiccionales que tramitan procesos bajo el CdePP y para los procesos tramitados por el nuevo CPP. 

Artículo Primero. Disponer la entrada el funcionamiento en los Distritos Judiciales del país del Sistema de Alertas de Prisión Preventiva en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), tanto para los órganos jurisdiccionales penales que tramitan procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940; así como los procesos tramitados en el Código Procesal Penal.

Artículo Segundo. Disponer el uso obligatorio del Sistema de Alertas de Prisión Preventiva; debiendo la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal realizar el seguimiento y monitoreo del funcionamiento de dicha herramienta.

Artículo Tercero. Disponer, a partir del día siguiente

de publicada la presente resolución en el diario oficial del bicentenario El Peruano, se efectué el registro de la medida coercitiva en lo que concierne a la prisión preventiva en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), respecto a todas las resoluciones de prisión preventiva que se emitan por los órganos jurisdiccionales respectivos.

Artículo Cuarto. Establecer que el personal designado por la Administración del Módulo Penal, o designado en las secretarias de juzgado o asistentes de despacho de los juzgados que aún tramitan procesos bajo las reglas del Código de Procedimientos Penales de 1940, concluyan con el registro en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) de las medidas de prisión preventiva dispuesta en todos los procesos judiciales a cargo de cada uno de los órganos jurisdiccionales que conforman las cortes superiores de justicia, hasta el día anterior de la puesta en funcionamiento del sistema en referencia.

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