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Comentario Legal
07 de abril de 2020

Modifican el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito

Penal
Modifican el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito

Mediante Res. N.° 599-2020-MP-FN, publicada el 7 de marzo del 2020 en el diario oficial El Peruano, se dispuso que toda referencia al presidente de la Junta de Fiscales Superiores o de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores y del fiscal superior penal de turno, en el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito, sea sustituida por el fiscal superior a cargo de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito.

Es así que se resuelve:

Artículo primero. Disponer que toda referencia existente al presidente de la Junta de Fiscales Superiores o de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores y del fiscal superior penal de turno, en el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3377-2016-MP-FN, de fecha 2 de agosto del 2016, sea sustituida por el fiscal superior a cargo de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito.

Artículo segundo. Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información proceda a la difusión de la presente resolución.

Artículo tercero. Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, presidencias de las juntas de fiscales superiores de los distritos fiscales a nivel nacional, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y fiscalías especializadas en prevención del delito a nivel nacional.