Modifican el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito

Mediante Res. N.° 599-2020-MP-FN, publicada el 7 de marzo del 2020 en el diario oficial El Peruano, se dispuso que toda referencia al presidente de la Junta de Fiscales Superiores o de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores y del fiscal superior penal de turno, en el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito, sea sustituida por el fiscal superior a cargo de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito.
Es así que se resuelve:
Artículo primero. Disponer que toda referencia existente al presidente de la Junta de Fiscales Superiores o de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores y del fiscal superior penal de turno, en el Reglamento de las Fiscalías Especializadas de Prevención del Delito, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3377-2016-MP-FN, de fecha 2 de agosto del 2016, sea sustituida por el fiscal superior a cargo de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito.
Artículo segundo. Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información proceda a la difusión de la presente resolución.
Artículo tercero. Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, presidencias de las juntas de fiscales superiores de los distritos fiscales a nivel nacional, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y fiscalías especializadas en prevención del delito a nivel nacional.