Propuesta presupuestaria 2027 para la lucha contra la violencia contra las mujeres


Mediante las Proposiciones Legislativas N.° 00002-2026-2031-CR, N.° 00003-2026-2031-CR y N.° 00004-2026-2031-CR, publicadas en el diario oficial El Peruano el 4 de septiembre de 2026, se presenta el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2027, en el que se establecen los pliegos presupuestarios correspondientes a las distintas entidades del Estado. En este análisis, nos enfocaremos en identificar las posibles asignaciones presupuestarias que se producirían de aprobarse la propuesta, particularmente en lo referido al Ministerio Público, el Poder Judicial, Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos:
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2027
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CAPÍTULO V
NUEVO ENFOQUE DEL GASTO PÚBLICO Y FORTALECIMIENTO DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS
Artículo 35. Financiamiento de acciones vinculadas al Programa Presupuestal orientado a Resultados para Reducción de la Violencia contra la Mujer
35.1 Se dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2027 se han asignado recursos, hasta por la suma de S/ 559 236 724,00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional de las siguientes entidades del Gobierno Nacional, para financiar acciones vinculadas al Programa Presupuestal orientado a Resultados para Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM), conforme a lo siguiente:
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b) Hasta por la suma de S/ 139 194 683,00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio Público.
c) Hasta por la suma de S/ 129 410 784,00 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Poder Judicial.
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e) Hasta por la suma de S/ 20 428 358,00 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
f) Hasta por la suma de S/ 2 489 876,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio del Interior
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35.3 De los recursos señalados en el numeral 35.1, se dispone hasta por la suma de S/ 291 523 701,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS UNO Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ), en los distritos judiciales de Arequipa, Áncash, Callao, Cusco, Junín, Lima Este, Lima Norte, Ventanilla, Amazonas - provincia de Condorcanqui, conforme a lo siguiente:
a) Hasta por la suma de S/ 139 194 683,00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio Público.
b) Hasta por la suma de S/ 129 410 784,00 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Poder Judicial.
c) Hasta por la suma de S/ 20 428 358,00 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
d) Hasta por la suma de S/ 2 489 876,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio del Interior.
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Artículo 45. Acciones para mejorar la prestación de servicios en materia de seguridad ciudadana
45.1 Se autoriza el financiamiento con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N.º 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de los fines de la transferencia condicionada al Programa Presupuestal 0030 “Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana”, correspondiente al segundo semestre del 2026 y primer semestre del 2027. Las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos autorizados por el presente numeral se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N.º 1440, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y se incorporan en el Ministerio del Interior (MININTER), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. La transferencia de recursos de lo señalado en el presente numeral se realiza durante el Año Fiscal 2027.
Con lo anterior, se puede advertir que a fin de hacer efectiva la concreción de protección de grupos vulnerables, el Ejecutivo ha planteado otorgar recursos destinado a las instituciones que intervienen en la lucha contra la violencia de género. En ese sentido, la asignación de S/ 291,5 millones al SNEJ constituye un esfuerzo por tutelar efectivamente la violencia contra las mujeres, ya que exige una respuesta institucional articulada y no exclusivamente normativa. Sin embargo, el verdadero alcance de la propuesta presupuestaria dependerá de si se traduce en una mejora verificable de la capacidad de respuesta estatal o si termina reproduciendo una lógica de asignación de recursos desvinculada de resultados.