Actualidad Penal
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Noticias
Nacional
30 de diciembre de 2020

Argentina aprobó histórica ley que permite el aborto hasta la semana 14 de gestación

Esta madrugada, luego de 12 horas de debate, con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, el Senado argentino aprobó legalizar el aborto voluntario hasta la semana 14 de gestación. La norma también garantiza su gratuidad.

Argentina aprobó histórica ley que permite el aborto hasta la semana 14 de gestación

Esta madrugada, luego de 12 horas de debate, con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, el Senado argentino aprobó legalizar el aborto voluntario hasta la semana 14 de gestación. La norma también garantiza su gratuidad.

La ley establece que “las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar” tienen derecho a decidir la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación. Pasado este plazo, solo se podrá acceder al aborto por dos causales: riesgo para la salud de la madre o violación, que ya estaban contempladas antes de la aprobación.

Asimismo, se realizará en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento, y será siempre gratuito, al igual que las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

Por otra parte, la norma otorga el derecho a la confidencialidad a quienes se sometan a este procedimiento, de manera que “toda persona que participe en la elaboración o manejo de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma” no deberá divulgarla, salvo “expresa autorización escrita de la propia paciente”.

Otro punto que aborda la ley es el consentimiento informado, que se deberá brindar por escrito, sin que nadie pueda sustituir a la gestante en el ejercicio personal de este derecho.

Podrán prestar su consentimiento por sí mismas quienes tengan por lo menos 16 años. Las menores de 13 años requerirán de la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal para poder prestar su consentimiento. Quienes se hallen entre los 13 y 16 años deberán dar su consentimiento con la asistencia de sus padres o tutores cuando el procedimiento se haga de forma invasiva, no mediante un medicamento, y pueda comprometer su salud.

La ley además señala que el personal de salud que quiera acogerse a la objeción de conciencia deberá “mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión” y “derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones”.

Asimismo debe “adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica” y “cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas”.

Sin embargo, cuando la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, el personal médico no podrá negarse a practicarle el aborto.

Fuente: RPP Noticias

Comentarios

Últimas Noticias

No hay más noticias disponibles en este momento.
Actualidad Penal

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Penal la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados penalistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas penales

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Penal y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Penal - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.