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Nacional
30 de diciembre de 2020

Argentina aprobó histórica ley que permite el aborto hasta la semana 14 de gestación

Esta madrugada, luego de 12 horas de debate, con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, el Senado argentino aprobó legalizar el aborto voluntario hasta la semana 14 de gestación. La norma también garantiza su gratuidad.

Argentina aprobó histórica ley que permite el aborto hasta la semana 14 de gestación

Esta madrugada, luego de 12 horas de debate, con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, el Senado argentino aprobó legalizar el aborto voluntario hasta la semana 14 de gestación. La norma también garantiza su gratuidad.

La ley establece que “las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar” tienen derecho a decidir la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación. Pasado este plazo, solo se podrá acceder al aborto por dos causales: riesgo para la salud de la madre o violación, que ya estaban contempladas antes de la aprobación.

Asimismo, se realizará en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento, y será siempre gratuito, al igual que las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

Por otra parte, la norma otorga el derecho a la confidencialidad a quienes se sometan a este procedimiento, de manera que “toda persona que participe en la elaboración o manejo de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma” no deberá divulgarla, salvo “expresa autorización escrita de la propia paciente”.

Otro punto que aborda la ley es el consentimiento informado, que se deberá brindar por escrito, sin que nadie pueda sustituir a la gestante en el ejercicio personal de este derecho.

Podrán prestar su consentimiento por sí mismas quienes tengan por lo menos 16 años. Las menores de 13 años requerirán de la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal para poder prestar su consentimiento. Quienes se hallen entre los 13 y 16 años deberán dar su consentimiento con la asistencia de sus padres o tutores cuando el procedimiento se haga de forma invasiva, no mediante un medicamento, y pueda comprometer su salud.

La ley además señala que el personal de salud que quiera acogerse a la objeción de conciencia deberá “mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión” y “derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones”.

Asimismo debe “adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica” y “cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas”.

Sin embargo, cuando la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, el personal médico no podrá negarse a practicarle el aborto.

Fuente: RPP Noticias