Corte Suprema anula suspensión de Benavides y marca límites al Ministerio Público
La Corte Suprema anuló la suspensión de 24 meses impuesta a Patricia Benavides como fiscal suprema, argumentando que no procede sin autorización del Congreso. La defensa legal exige su restitución inmediata, aunque ya no ocuparía el cargo de fiscal de la Nación. La resolución recalca el respeto al debido proceso y los límites legales del Ministerio Público

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró fundada la apelación presentada por Patricia Benavides, dejando sin efecto la suspensión que le había sido impuesta por 24 meses como fiscal suprema. Esta decisión también rechazó el pedido del Ministerio Público que buscaba ampliar dicha medida a 36 meses. Con ello, la Corte establece que, por el momento, no hay ningún impedimento judicial que impida su retorno al cargo. Como lo precisó la defensa de Benavides, “la doctora queda expedita para que se cumpla en la Fiscalía de la Nación la resolución de la JNJ que la repone en el cargo de fiscal suprema” (Jorge del Castillo, RPP).
Uno de los fundamentos centrales del fallo fue que el Congreso, a través de su Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, rechazó admitir a trámite la denuncia constitucional contra Benavides. En palabras del presidente de la Sala, César San Martín, esto implica que “no está expedita la persecución penal”, por lo tanto, toda medida que afecte su situación jurídica se extingue automáticamente. La resolución incluso indica que “es patente que no está autorizada la promoción de la acción penal contra la investigada Liz Patricia Benavides Vargas”.
El abogado Juan Peña, también defensor de Benavides, sostuvo que su patrocinada regresará únicamente como fiscal suprema, dado que su periodo como fiscal de la Nación culminó el 1 de julio. “Hoy en día esa posición de fiscal de la Nación no está en discusión, porque ya el periodo venció”, señaló en el programa Prueba de fuego. No obstante, exhortó a la fiscal actual, Delia Espinoza, a acatar sin dilaciones el fallo judicial y facilitar el cumplimiento de la resolución de la Junta Nacional de Justicia.
Pese a la decisión judicial, Peña ha recomendado a Benavides no presentarse aún en el Ministerio Público, ya que antes se remitirá una solicitud formal a la JNJ y al MP para su reasignación. Esta precaución responde, según indicó, a una supuesta actitud “renuente” de Espinoza a aceptar disposiciones anteriores de la JNJ. Por su parte, el abogado Humberto Abanto calificó de “prepotente” la resolución original que suspendió a Benavides y saludó el fallo como un triunfo del debido proceso.
Finalmente, la Corte reafirmó un criterio importante: en el caso de altos funcionarios protegidos por antejuicio, como Patricia Benavides, no se puede dictar medidas coercitivas sin que el Congreso autorice la formación de causa. Esta posición refuerza los límites del accionar fiscal durante etapas preliminares. La anulación de la suspensión no resuelve los procesos en curso, pero establece con claridad que no se pueden aplicar sanciones severas sin cumplir con el debido procedimiento constitucional.