Crean Comisión Multisectorial de Alto Nivel para recuperar la seguridad y el orden público
Mediante Decreto Supremo N.° 141-2026-PCM, publicada el 14 de octubre del 2026, se crea la Comisión Multisectorial de Alto Nivel para Recuperar la Seguridad y el Orden Público “Perú en Orden”, de naturaleza permanente y dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

El Decreto Supremo N.° 141-2026-PCM establece la creación de una comisión multisectorial permanente, presidida por el presidente del Consejo de Ministros e integrada por los ministros del Interior, Defensa, Justicia y Derechos Humanos, y Relaciones Exteriores. Su creación responde a la necesidad de articular las intervenciones de diversos sectores del Poder Ejecutivo para enfrentar la inseguridad ciudadana y cumplir los objetivos establecidos en el Eje 1 de la Política General de Gobierno 2026-2031.
Entre sus principales funciones se encuentran supervisar el cumplimiento de los lineamientos de la política gubernamental en materia de seguridad, coordinar las intervenciones de los sectores involucrados, promover el intercambio de información, identificar dificultades y formular recomendaciones a las entidades competentes. Asimismo, puede proponer al Consejo de Ministros medidas, prioridades e iniciativas normativas, así como plantear la priorización de recursos para las intervenciones vinculadas a la seguridad.
De igual manera, la norma dispone que las entidades del Poder Ejecutivo brinden la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de las funciones de la comisión, dentro del marco de sus respectivas competencias. Para ello, se establece una Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo administrativo y técnico, coordinar la implementación de los acuerdos y efectuar el seguimiento de los avances. También se contempla la realización de sesiones ampliadas con representantes de otras instituciones públicas, gobiernos regionales y locales, el sector empresarial y organizaciones de la sociedad civil.
Estas disposiciones buscan fortalecer la coordinación intersectorial del Estado frente a la criminalidad, mejorar el seguimiento de las medidas adoptadas y facilitar la toma de decisiones al más alto nivel del Poder Ejecutivo. No obstante, la comisión ejercerá sus funciones respetando las competencias constitucionales y legales de las entidades involucradas, sin intervenir en la conducción operativa de las acciones contra el crimen organizado.
Es así que se resuelve:
Artículo 1.- Creación
Crear la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada Comisión Multisectorial de Alto Nivel para Recuperar la Seguridad y el Orden Público “Perú en Orden”, en adelante la Comisión Multisectorial, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, como espacio permanente de articulación, coordinación y seguimiento político y estratégico de las acciones de respuesta del Poder Ejecutivo orientadas a restablecer y fortalecer el orden interno, así como prevenir, reducir y enfrentar la criminalidad.
Artículo 2.- Objeto
La Comisión Multisectorial tiene por objeto efectuar la supervisión y la coordinación multisectorial, al más alto nivel del Poder Ejecutivo, de las acciones orientadas al cumplimiento del Eje 1 de la Política General de Gobierno 2026-2031; formular propuestas; promover mecanismos de intercambio de información entre entidades públicas y privadas, conforme a la normativa vigente; y efectuar el seguimiento de los avances y acuerdos adoptados. Las entidades que la integran implementan, de manera reservada, los acuerdos adoptados en el ámbito de sus respectivas competencias y funciones, evitando la duplicidad de funciones y respetando las competencias de las entidades involucradas.
Artículo 3.- Conformación
3.1 La Comisión Multisectorial está conformada por:
a) El Presidente del Consejo de Ministros, quien la preside.
b) El Ministro del Interior.
c) El Ministro de Defensa.
d) El Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
e) El Ministro de Relaciones Exteriores.
3.2 La participación de los integrantes es indelegable y se ejerce ad honorem.
3.3 La Comisión Multisectorial puede invitar a representantes de entidades públicas o privadas, así como a especialistas y expertos, para que brinden información, opinión o aporte técnico que contribuya al cumplimiento de su objeto.
Artículo 4.- Funciones
La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones:
a) Efectuar la supervisión del cumplimiento de los lineamientos del Eje 1 de la Política General de Gobierno 2026-2031, a partir de indicadores y metas definidos con los sectores responsables.
b) Coordinar entre los sectores la priorización y el alineamiento de sus intervenciones en materia de seguridad, en el marco de sus competencias.
c) Tomar conocimiento y mantener la debida reserva de todas las coordinaciones y acciones que se adopten en la lucha contra la criminalidad, incluidas las del Comando Unificado contra el Crimen Organizado, para fines de seguimiento y sin intervenir en su conducción operativa.
d) Promover mecanismos de intercambio de información entre las entidades públicas, conforme a la normativa vigente.
e) Identificar nudos críticos y emitir alertas y recomendaciones a las entidades competentes.
f) Proponer al Consejo de Ministros medidas, prioridades e iniciativas normativas.
g) Proponer la priorización de recursos para las intervenciones vinculadas al Eje 1, para su evaluación por el Ministerio de Economía y Finanzas conforme a la normativa presupuestal.
h) Efectuar el seguimiento de los acuerdos que adopte.
i) Otras vinculadas a su objeto.
Artículo 5.- Deber de colaboración
Las entidades del Poder Ejecutivo brindan a la Comisión Multisectorial la información y el apoyo que requiera para el cumplimiento de sus funciones, en el marco de sus competencias.