Disponen la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal
Mediante la Res. Adm. N.° 179-2019-P-CSJV/PJ se dispone la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal en todos los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia mediante la Resolución Administrativa N.° 179-2019-P-CSJV/PJ[1], publicada en el diario oficial El Peruano, el 7 de mayo del 2019, dispone la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en todos los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.
El Decreto Legislativo N.º 1322 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 004-2017-JUS establecen la Vigilancia Electrónica Personal (VEP) como alternativa de restricción a las medidas de coerción procesal, a fin de descongestionar el hacinamiento de las personas procesadas o condenadas en los establecimientos penitenciarios, con prioridad de su otorgamiento a las personas mayores de 65 años, personas con enfermedades graves, personas con discapacidad física permanente que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento, mujeres gestantes, mujeres con hijos (as) menores de tres años, madres o padres que sean cabeza de familia con hijo (a) menor de edad o con hijos (as) o cónyuge que tenga discapacidad permanente, siempre y cuando haya estado bajo su cuidado, en los delitos señalados en los apartados “a)” y “b)” del Decreto Legislativo N.º 1322.
Ahora bien, mediante el Decreto Supremo N.º 006-2018-JUS se aprobó el Calendario Oficial para la implementación progresiva de la Vigilancia Electrónica Personal, ampliando sus alcances al Distrito Judicial de Ventanilla, y bajo este contexto normativo, mediante oficio N° 417-2019-INPE, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario solicita la designación de quienes serán los jueces competentes a cargo de la implementación de dicho sistema.
Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla resuelve:
Artículo Primero. - DISPONER la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en todos los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, cuyos Juzgados y Salas Penales deberán aplicar las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N.º 1322 y enunciados complementarios.
Artículo Segundo. - DESIGNAR al señor doctor WALTER DAVID GÓMEZ AMPUDIA, Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, como COORDINADOR de implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.
Artículo Tercero. - DISPONER que la Oficina de Administración Distrital en coordinación con el Área Informática, y la Administración del Módulo Penal, lleven a cabo las acciones de coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, dando cuenta periódicamente de sus acciones a este Despacho.
Artículo Cuarto. - PÓNGASE la presente resolución A CONOCIMIENTO de la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General, Secretario Técnico de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA), Gerencia de Administración Distrital, Área de Informática, Área de Imagen y Prensa, así como de los magistrados interesados de esta Corte Superior de Justicia para los fines pertinentes.
[1] Vid. Presidencia de la Corte Superior de Justicia, Resolución Administrativa N.° 179-2019-P-CSJV/PJ: Disponen implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en todos los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y designan Coordinador, Lima: 16 de abril del 2019 (publicado el 7 de mayo del 2019). Recuperado de <https://bit.ly/2H6mhZH>.