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Nacional
06 de febrero de 2026

Ex Chavín de Huántar es condenado a 20 años por el asesinato de ocho civiles en Huánuco

El exoficial Roberto Villar Chamorro fue condenado a 20 años de prisión por el asesinato de ocho civiles en Huánuco en 1994, en hechos calificados como crímenes de lesa humanidad. Además de la pena privativa de libertad, deberá pagar reparaciones civiles a las familias de las víctimas. La sentencia se dictó a pesar de intentos legislativos que podrían haberlo favorecido.

Ex Chavín de Huántar es condenado a 20 años por el asesinato de ocho civiles en Huánuco

El Poder Judicial impuso una condena de 20 años de cárcel efectiva al oficial del Ejército en retiro Roberto Villar Chamorro, por el delito de asesinato con alevosía en agravio de ocho personas en Huánuco, hechos ocurridos en marzo de 1994 durante el conflicto armado interno en el caserío Cayumba Chico, provincia de Leoncio Prado. La Fiscalía demostró que Villar Chamorro, entonces capitán y jefe del operativo militar “Paraíso”, comandó una patrulla de la base contrasubversiva N.º 313 de Tingo María que detuvo y ejecutó a civiles, entre ellos dos menores de 6 y 14 años y un adulto mayor, con disparos y armas blancas. 

El caso, que se remonta a una denuncia presentada en noviembre de 1994, evidenció detenciones arbitrarias seguidas de ejecuciones extrajudiciales que se consideraron crímenes de lesa humanidad, sustentados con testimonios y pericias forenses. La sentencia también incluye el pago de reparación civil de 800 000 soles, solidariamente con el Estado peruano, a favor de las familias de las víctimas. 

La resolución judicial se emitió pese a los intentos de impunidad derivados de recientes iniciativas legislativas que podrían haber afectado el juzgamiento de graves violaciones de derechos humanos, así como frente a las críticas de determinados sectores. En ese contexto, los magistrados aplicaron el control difuso de constitucionalidad, priorizando el derecho a la verdad y la tutela jurisdiccional efectiva, e inaplicaron normas de amnistía y prescripción por considerarlas incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

Fuente: La República