Fallo histórico: Estado peruano ganó el caso Bernal en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
El Estado peruano, mediante la representación de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, obtuvo un fallo favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), al establecer que el Perú no es responsable por la destitución del exjuez Héctor Fidel Cordero Bernal.

El Estado peruano, mediante la representación de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, obtuvo un fallo favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), al establecer que el Perú no es responsable por la destitución del exjuez Héctor Fidel Cordero Bernal.
Cordero Bernal, durante el periodo comprendido entre el 22 de junio y el 17 de julio de 1995, asumió la titularidad del Primer Juzgado Penal. En esa posición, recibió el caso de dos personas acusadas por el delito de tráfico ilícito de drogas, que ya habían sido detenidas. El 11 de julio de ese año, Cordero Bernal les otorgó la libertad incondicional sin haberse acreditado la inculpabilidad de los imputados.
Ante estos fallos, la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) inició un procedimiento disciplinario contra el exmagistrado, por lo que el disuelto Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) —hoy Junta Nacional de Justicia (JNJ)— optó por destituirlo. Contra dicha decisión, Cordero Bernal interpuso una acción de amparo ante el Tribunal Constitucional, que no tuvo éxito.
De esta manera, el 11 de noviembre de 1998, Cordero Bernal solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que revise su caso. La petición fue admitida el 22 de julio del 2011. En el 2018, la CIDH aprobó el Informe de Fondo y recomendó al Estado peruano restituir a Cordero Bernal y reparar las violaciones de los derechos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CADH).
A su vez, el 5 de noviembre del 2019, Cordero Bernal presentó solicitó a la Corte IDH que se determine la responsabilidad del Estado por la violación de diversas garantías procesales. Sin embargo, el ente jurisdiccional resolvió que la decisión de exCNM fue debidamente motivada. En conclusión, se ampararon todos los argumentos defensivos del Estado peruano y no se le adjudicó responsabilidad alguna.
El procurador público a cargo del caso, Carlos Miguel Reaño Balarezo, declaró lo siguiente: “Es una sentencia histórica en el ámbito de las relaciones entre el Perú y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como a nivel regional, dado que se declara al Estado peruano no responsable internacionalmente; por ese motivo, la Corte señala que no procede pronunciarse sobre las reparaciones, costos y gastos. En ese marco, el expediente del caso queda archivado”.