Actualidad Penal
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Noticias
Nacional
16 de febrero de 2026

Incorporan delito de revelación de información reservada en el Código Penal y modifican la Ley de Delitos Informáticos con excepción de responsabilidad penal para sectores financiero y bursátil

Mediante el D. Leg. N.º 1739, publicado el 13 de febrero del 2026, se incorporó el delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público. Asimismo, mediante el D. Leg. N.º 1741 se modificó el tercer párrafo del art. 12-A de la Ley de Delitos Informáticos, incorporando una excepción de responsabilidad penal para los sectores bursátil, financiero, previsional y de seguros.

Incorporan delito de revelación de información reservada en el Código Penal y modifican la Ley de Delitos Informáticos con excepción de responsabilidad penal para sectores financiero y bursátil

 

El presente Decreto Legislativo N.º 1739 incorpora el artículo 409-C al Código Penal, estableciendo responsabilidad penal para el funcionario o servidor público que, indebidamente, exhiba, filtre, entregue, capture, permita el acceso indebido u omita dolosamente la protección de información reservada a la que haya tenido acceso por razón de su cargo

Asimismo, se establece una pena agravada de siete a diez años cuando la revelación de información reservada genere riesgo o afecte investigaciones, ponga en peligro al denunciante, implique beneficio económico, favorezca a organizaciones criminales o recaiga sobre información formalmente secreta. 

Finalmente, no constituye delito cuando la revelación busque denunciar hechos de persecución pública ni cuando sea realizada por periodistas o medios en ejercicio de la libertad de información y prensa. Véase en: https://n9.cl/lpjt1

Artículo 409-C.- Revelación de información reservada por servidor o funcionario público

409-C.1. El funcionario o servidor público que, indebidamente, exhiba, filtre, entregue, capture mediante cualquier medio técnico, permita el acceso indebido u omita dolosamente la protección debida de la información de carácter reservado […] en la investigación o proceso por los delitos de extorsión, secuestro o sicariato, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco (05) ni mayor de siete (07) años, inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 8, y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

409-C.2. La pena será no menor de siete (07) ni mayor de diez (10) años […] en cualquiera de los siguientes supuestos:
 a) Como consecuencia se frustre o genere riesgo concreto para diligencias reservadas.
 b) Se ponga en peligro concreto la vida o seguridad del denunciante.
 c) Se obtenga o pretenda obtener beneficio económico.
 d) La información sea transmitida a organización criminal o usada para amenazar.
 e) La información haya sido formalmente declarada secreta.

409-C.3. No constituye delito […] cuando tenga por finalidad poner en conocimiento público hechos que razonablemente puedan constituir un delito de persecución pública.

409-C.4. No constituye delito […] la publicación de información por parte de periodistas y medios de comunicación en ejercicio de las libertades de información y de prensa.

Por otro lado, mediante el Decreto Legislativo N.º 1741 se modifica el tercer párrafo del artículo 12-A de la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos, e incorpora expresamente una excepción de responsabilidad penal aplicable a los sectores bursátil, financiero, previsional y de seguros dentro de su ámbito de aplicación.

La norma mantiene como delito la adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos, sancionándolo con pena de cinco a ocho años, y prevé una agravante de ocho a diez años cuando intervenga una organización criminal, exista perjuicio grave o se trate de bases de datos públicas. 

Asimismo, establece que no hay responsabilidad penal cuando el tratamiento de datos se realice con autorización del titular, por mandato legal o en ejercicio legítimo de funciones —incluidos los sectores bursátil, financiero, previsional y de seguros— sin finalidad ilícita. Véase en: https://n9.cl/vfdus

Artículo 12-A.- Adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos

[…]

Queda exceptuada de responsabilidad penal la adquisición, posesión, intercambio o tratamiento de datos informáticos cuando estas conductas se realicen con autorización expresa del titular conforme a la Ley N.º 29733, en cumplimiento de mandato judicial o administrativo conforme a ley, en ejercicio legítimo de derechos fundamentales o funciones reconocidas, o actividades desarrolladas en los sectores bursátil, financiero, previsional o de seguros, siempre que no exista finalidad de aprovechamiento ilícito o comercialización indebida de la información.

Fuente: El Peruano

Comentarios

Últimas Noticias

No hay más noticias disponibles en este momento.
Actualidad Penal

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Penal la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados penalistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas penales

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Penal y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Penal - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.