Actualidad Penal
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Noticias
Nacional
24 de junio de 2026

Militares y policías serán juzgados por el fuero militar-policial en casos de delitos de función

La norma fue aprobada con 52 votos favorables y, de no ser observada por el Ejecutivo, será promulgada mediante su publicación en el diario oficial El Peruano.

Militares y policías serán juzgados por el fuero militar-policial en casos de delitos de función

El Pleno del Congreso aprobó en segunda votación una iniciativa legislativa que dispone que los integrantes de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas sean sometidos al fuero militar-policial cuando los hechos imputados estén relacionados con el ejercicio de sus funciones. Se debe tener en cuenta que se ha modificado la definición de delitos de función

La propuesta legislativa fue respaldada con 52 votos a favor y establece un régimen especial para el procesamiento del personal militar en contextos de estado de emergencia. Asimismo, introduce modificaciones al Código Penal Militar Policial y al Nuevo Código Procesal Penal con la finalidad de precisar las competencias entre ambas jurisdicciones.

Tras la aprobación del dictamen y el rechazo de una reconsideración planteada por parlamentarios de oposición, la norma será remitida al Poder Ejecutivo para su evaluación y eventual promulgación. 

A fin de comprender el alcance de la reforma legislativa, es necesario examinar la nueva regulación sobre los delitos de función incorporada en el dictamen aprobado. Dicha modificación redefine los supuestos bajo los cuales los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional podrán ser sometidos a la jurisdicción militar-policial. En ese sentido, el texto señala lo siguiente:

"Artículo 1. Modificación del artículo II del título preliminar y del artículo 65 del Código Penal Militar Policial, Decreto Legislativo 1094

Se modifica el primer párrafo y se incorpora un segundo y tercer párrafo del artículo II del título preliminar y un segundo párrafo en el artículo 65 del Código Penal Militar Policial, Decreto Legislativo 1094, en los siguientes términos:


Artículo II.- Delito de función
El delito de función es toda conducta ilícita por acción u omisión, cometida por un militar en acciones militares o un policía en situación de actividad, en acción de armas, en acto del servicio, consecuencia del servicio o con ocasión de él, y que atenta contra bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional.
Para el personal de las Fuerzas Armadas se considera delito de función toda conducta ilícita que se cometa durante acciones militares para el mantenimiento o restablecimiento del orden interno y en el cumplimiento de otras funciones legalmente establecidas, en el marco de un estado de emergencia.
En el caso del personal de la Policía Nacional se considera delito de función toda conducta ilícita que comete en el cumplimiento de su finalidad fundamental, en sus funciones y atribuciones de prevención e investigación del delito, de control de identidad, de inteligencia, de fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito, de seguridad personal, domiciliaria y de instalaciones, de vigilancia y control de fronteras, de practicar y emitir peritajes oficiales de criminalística y otras establecidas en sus leyes y reglamentos, en el marco de un estado de emergencia.

[...]"

Fuente: Diario Correo

Comentarios

Últimas Noticias

No hay más noticias disponibles en este momento.
Actualidad Penal

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Penal la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados penalistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas penales

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Penal y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Penal - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.