Paquete de decretos legislativos refuerza el régimen penal contra la criminalidad organizada y fortalece la seguridad ciudadana
El Poder Ejecutivo aprobó un conjunto de reformas al Código Penal mediante los Decretos Legislativos N.º 1695, 1696, 1697 y 1698, con el objetivo de fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, reforzar el principio de autoridad y mejorar la seguridad ciudadana.

El Poder Ejecutivo aprobó un conjunto de reformas al Código Penal mediante los Decretos Legislativos N.º 1695, 1696, 1697 y 1698, con el objetivo de fortalecer la seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada.
El Decreto Legislativo N.º 1695 endurece las sanciones contra la minería ilegal y sus actividades conexas, elevando las penas por minería ilegal, tráfico de insumos, maquinaria y minerales de origen ilícito, incorporando además incorpora el artículo 307-G, que establece la inhabilitación para acceder a concesiones mineras o desarrollar actividades de comercialización vinculadas al sector, por un plazo equivalente al de la pena principal impuesta. Finalmente, el decreto introduce ajustes en la Ley contra el Crimen Organizado (Ley N.º 30077), incluyendo estos delitos ambientales dentro de su ámbito de aplicación, y dispone la derogación de un numeral del Nuevo Código Procesal Penal.
Por su parte, el Decreto Legislativo N.º 1696 refuerza el principio de autoridad al incrementar la pena por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad estableciendo una sanción de entre cinco y ocho años de prisión, y restringe la posibilidad de suspender la ejecución de la pena en diversos supuestos, especialmente cuando se trata de delitos graves o cometidos por funcionarios públicos.
Por otro lado, el Decreto Legislativo N.º 1697 amplía el delito de tenencia ilegal de armas previsto en el artículo 279-G, estableciendo penas de entre ocho y doce años de prisión para quienes posean, individual o conjuntamente, armas sin autorización, con el objetivo de reducir la criminalidad común y organizada asociada al uso ilícito de armas y cerrar vacíos de tipificación penal.
Finalmente, el Decreto Legislativo N.º 1698 modifica el Código Procesal Penal para autorizar la revisión de equipos informáticos en casos de flagrancia por los delitos de extorsión, sicariato y secuestro, así como de aquellos detectados dentro de establecimientos penitenciarios. La norma faculta a la Policía Nacional, con autorización previa del Ministerio Público, a acceder a la información contenida en dichos equipos cuando resulte indispensable para el esclarecimiento del delito, estableciendo además un control posterior mediante confirmación judicial.
En síntesis, estas medidas configuran una política criminal orientada al endurecimiento del marco punitivo y al fortalecimiento de la capacidad del Estado para enfrentar fenómenos delictivos de alta lesividad social.