Poder Judicial rechazó medida cautelar de Delia Espinoza para suspender reposición de Patricia Benavides
Declaró la improcedencia. Delia Espinoza apeló esta deicisión de primera instancia.

El juez Juan Torres Tasso, del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, declaró improcedente el pedido de medida cautelar que presentó la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, con el propósito de impedir la ejecución de la resolución que restituye a Patricia Benavides en el cargo.
Espinoza intentó frenar la aplicación de cuatro aspectos clave de la resolución emitida por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), entiéndase: suspender el artículo tercero de la resolución de la JNJ que le ordena reponer a Benavides como fiscal de la Nación, declarar la vigencia del acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos que la elige como fiscal de la Nación, suspender cualquier acto de la JNJ destinado a ejecutar la cuestionada resolución y suspender todo proceso disciplinario de la JNJ que se haya iniciado por "los actos de defensa por la inejecutabilidad y/u observaciones" de la resolución que anula la destitución de Benavides. Sin embargo, en la solicitud no se cumplieron con la concurrencia de todos los requisitos exigidos por los artículos 18 y 19 del Código Procesal Constitucional, por lo que se declaró “improcedente” su solicitud de medida cautelar ordenando su archivo definitivo una vez que esta decisión quede consentida y ejecutoriada.
En relación al pedido para que se suspenda todo acto destinado a ejecutar la reposición de Patricia Benavides y todo procedimiento disciplinario, el Juzgado lo rechaza porque, afirma, significaría "impedir, restringir o limitar" que la JNJ ejerza las atribuciones y competencias que la Constitución le confiere.Además sostuvo que la resolución de la resolución en cuestión "habría cumplido preliminarmente con los requisitos formales y de fondo para su validez".
Finalmente, la defensa de Delia Espinoza apeló la decisión del juez Juan Torres, que admitió el recurso el 31 de julio. Ahora, el caso será remitido a una de las tres Salas Constitucionales de Lima para que confirme la decisión de primera instancia u otorgue la medida cautelar.