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25 de febrero de 2021

Poder Judicial reconoció el derecho de Ana Estrada a una muerte digna

El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) y a Essalud que respeten la decisión de Ana Estrada de poner fin a su vida mediante la eutanasia.

Poder Judicial reconoció el derecho de Ana Estrada a una muerte digna

El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) y a Essalud que respeten la decisión de Ana Estrada de poner fin a su vida de una manera digna, mediante la eutanasia.

En su recurso de amparo, la Defensoría del Pueblo, en beneficio de Ana Estrada, solicitó la inaplicación del art. 112 del Código Penal, que condena a 3 años de cárcel a quien cometa homicidio piadoso. La recurrente también solicitó que se regule un procedimiento médico para la aplicación de la eutanasia para situaciones similares a la de Ana Estrada.

La Defensoría señalaba que los efectos desplegados por la referida norma lesionan los derechos fundamentales “a la muerte en condiciones dignas, a la dignidad, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad y constituye, además, una amenaza cierta e inminente a no sufrir tratos crueles e inhumanos”.

El Décimo Primer Juzgado Constitucional amparó la primera pretensión de la Defensoría. Es decir, declaró la inaplicación del art. 122 del CP para el presente caso, en consecuencia, los médicos que participen en la eutanasia de Estrada “no podrán ser procesados, siempre que los actos tendientes a su muerte en condiciones dignas, se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad, en el tiempo y oportunidad que lo especifique; en tanto ella, no puede hacerlo por sí misma”.

En este sentido, Essalud deberán conformar dos comisiones médicas. La primera estará encargada de elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada y un protocolo de cumplimiento del derecho a la muerte digna de Estrada. La segunda se ocupará de realizar la eutanasia.

El Minsa deberá formar una comisión que evalúe y, de ser el caso, apruebe el plan elaborado por la primera comisión de Essalud.

La segunda pretensión de la Defensoría fue rechazada, por tal motivo, no se contará con una directiva que regule el procedimiento médico para la aplicación de la eutanasia para situaciones similares a la de Estrada.

Ana Estrada padece de polimiositis, diagnosticada a los 12 años. Esta enfermedad degenerativa ha paralizado casi todos sus músculos. Actualmente permanece 20 horas al día postrada en una cama producto de esta condición.

Fuente: El Comercio

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