Sala Penal de Apelaciones declaró fundados los recursos de apelación de ocho árbitros en el caso Arbitrajes
La Sala Penal de Apelaciones revocó la resolución que impuso a los árbitros 18 meses de prisión preventiva, y, sustituyéndola, dictó las medidas coercitivas de comparecencia con restricciones, de impedimento de salida del país por un plazo de 18 meses, así como el pago de una caución por el monto de S/. 100 000.

La Primera Sala Penal de Apelaciones declaró fundados los recursos de apelación interpuestos por las defensas de Fernando Cantuarias Salaverry, Mario Eduardo Castillo Freyre, José Humberto Abanto Verástegui, Ramiro Rivera Reyes, Franz Nuncio Kundmüller Caminiti, Marcos Ricardo Espinoza Rimachi, Alfredo Enrique Zapara Velasco y Daniel Martín Linares Prado. En tal sentido, se revocó la resolución que les impuso 18 meses de prisión preventiva, y, sustituyéndola, se dictaron las medidas coercitivas de comparecencia con restricciones, de impedimento de salida del país por un plazo de 18 meses, así como el pago de una caución por el monto de S/. 100 000. Asimismo, se ordenó la inmediata liberación de los recurrentes después del pago de la mencionada caución.
La decisión favorable a los árbitros fue tomada en atención a que, a juicio de la Sala, no se evidenciaron elementos de convicción suficientes para determinar la recepción de sobornos por parte de los señalados a cambio de fallos favorables a alguna de las partes en los procesos arbitrales que conocieron.
En lo tocante a los investigados Randol Edgar Campos Flores, Luis Felipe Pardo Narváez, Richard James Martín Tirado, Weyden García Rojas y Luis Fernando Pebe, la Sala confirmó la resolución impugnada, pues consideró que existían indicios de la participación de los investigados en la recepción de fondos ilícitos por sus fallos arbitrales.
Asimismo, se declararon infundadas las apelaciones interpuestas por Emilio Cassina Rivas y Emilio David Cassina Ramón, de manera que para ambos investigados persistirán las medidas de detención domiciliaria por un periodo de 18 meses y de comparecencia con restricciones, respectivamente.
Finalmente, el recurso de apelación interpuesto por Alejandro Orlando Álvarez Pedroza fue declarado fundado en parte, de tal suerte que se varió la medida de prisión preventiva impuesta en su perjuicio por la de detención domiciliaria.