Solicitan impedimento de salida del país para Kenji Fujimori por 18 meses en el caso Mamanivideos
El fiscal supremo Alcides Chinchay pidió 18 meses de impedimento de salida para los excongresistas Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez y el exasesor Alexei Toledo, en la investigación que se les sigue por la presunta compra de votos para evitar la vacancia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski.

El fiscal supremo Alcides Chinchay pidió 18 meses de impedimento de salida para los excongresistas Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez y el exasesor Alexei Toledo, en la investigación que se les sigue por la presunta compra de votos para evitar la vacancia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski. El pedido fiscal también incluye para cada uno de los investigados, a excepción de Toledo, una caución de S/ 50 000.
En la audiencia, el representante del Ministerio Público alegó que habría graves y fundados elementos de convicción de la comisión de los delitos de cohecho y tráfico de influencias. Ello con base en las grabaciones realizadas por el excongresista Moisés Mamani, en las que los investigados habrían intentado persuadir al referido excongresista para que vote contra la vacancia de Kuczynski a cambio de gestionar más obras para su región.
Chinchay señaló que también se cumplía con el requisito de la gravedad de la pena, pues las penas pedidas para los acusados (entre 11 y 12 años) son consideradas graves, es decir, superan los 4 años.
Para el referido fiscal la pena solicitada, al tratarse de una pena por sumatoria y alta, también influiría en el riesgo de fuga de los investigados y los incitaría a sustraerse de la justicia. Particularmente respecto de Fujimori indicó que, si bien tenía un domicilio fijo, tendría la capacidad de salir del país.
Sobre el riesgo de obstaculización indicó que, por el hecho de haber sido líder de un subgrupo político en el parlamento, Fujimori podría influir en las declaraciones de algunos de los testigos.
Por su parte, la defensa de Fujimori señaló que para dictar la medida no bastaba que se hubieran acreditado los hechos, “sino que los hechos tienen que constituir una apariencia de fuga o una apariencia de que no contiene un arraigo laboral o domiciliario; o una apariencia delictiva”.
Finalmente, el magistrado supremo Hugo Núñez Julca indicó que daría a conocer su decisión en la próxima audiencia virtual del proceso, programada para el 17 de septiembre.