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Nacional
20 de noviembre de 2020

Sustracción de la materia: Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda competencial

Por cuatro votos contra tres, el máximo intérprete de la Constitución declaró improcedente la demanda competencial del Ejecutivo y no se pronunció sobre la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral.

Sustracción de la materia: Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda competencial

Por cuatro votos contra tres, el máximo intérprete de la Constitución declaró improcedente la demanda competencial del Ejecutivo y no se pronunció sobre la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral.

Los magistrados Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón de Taboada, Manuel Miranda Canales y Augusto Ferrero Costa consideraron que se produjo la “sustracción de la materia”, es decir, la desaparición de los supuestos fácticos que motivan la acción jurisdiccional, y, por lo tanto, no tenía sentido pronunciarse. Ello en vista de que Martín Vizcarra ya había sido destituido.

El Tribunal tampoco se pronunció sobre el concepto de “incapacidad moral permanente”. En una entrevista, el magistrado Blume Fortini manifestó que “ese concepto no debe estar claro porque depende de cada situación, de la peculiaridad”.

Por su parte, la presidenta del Tribunal Constitucional y ponente del caso (es decir, quien elaboró el proyecto de sentencia), Marianella Ledesma Narváez, criticó la decisión de la mayoría. Para la magistrada, al igual que los otros dos tribunos que suscribieron la sentencia (Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinosa-Saldaña), el Congreso hizo uso indebido de la vacancia presidencial.

Ledesma Narváez manifestó que el Tribunal Constitucional tenía “el deber de por lo menos decir que la situación ha sido irregular, que debería corregirse y a futuro no volver a tener este tipo de cuestionamientos”.

Además, consideró que se perdió “una oportunidad histórica como tribunal de haber dejado una sentencia que deje huella en la labor de los miembros del Congreso cuando ejerzan la función del proceso de vacancia bajo la causal del procedimiento del permanente impedimento moral”.

Sobre las declaraciones de la presidenta del TC, Blume Fortini señaló que tiene que “respetar la posición de sus colegas magistrados y tiene que aprender a respetar la posición de la mayoría”.

Fuente: La República