TC rechaza hábeas corpus de Martín Vizcarra por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua
El TC declaró improcedente el hábeas corpus interpuesto por Martín Vizcarra, mediante el cual buscaba anular diversas actuaciones procesales vinculadas a los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. El máximo intérprete de la Constitución consideró que la demanda no cumplía con los requisitos legales exigidos y confirmó las decisiones adoptadas por las instancias judiciales previas.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del expresidente Martín Vizcarra, quien buscaba anular diversas actuaciones procesales relacionadas con los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
La decisión fue emitida en el Expediente N.° 03671-2025-HC/TC y confirmó los pronunciamientos adoptados previamente por los órganos jurisdiccionales competentes. La defensa sostenía que se habían vulnerado derechos fundamentales vinculados al debido proceso, la libertad personal, la seguridad jurídica y el principio non bis in idem.
Entre los pedidos formulados se encontraba la nulidad del auto de enjuiciamiento emitido en abril de 2024, así como de la citación a juicio oral y de todas las actuaciones posteriores desarrolladas dentro del proceso penal seguido por el presunto delito de cohecho pasivo propio.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional concluyó que la demanda no satisfacía los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional, por lo que declaró su improcedencia. De esta forma, quedaron firmes las actuaciones procesales cuestionadas por la defensa.
La resolución consolida la posición del máximo intérprete de la Constitución respecto de este proceso y mantiene vigente la condena de 14 años de prisión impuesta a Vizcarra por los actos de corrupción vinculados a los proyectos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua. Asimismo, el exmandatario continuará recluido mientras se desarrollan los mecanismos procesales correspondientes dentro de la vía ordinaria