Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la ley que suspendió el cobro de peajes
Según los magistrados, la Ley vulnera el art. 62 de la Constitución, pues afecta los términos contractuales previamente establecidos por el concesionario y el Estado, los cuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones.

Según los magistrados, la Ley vulnera el art. 62 de la Constitución, pues afecta los términos contractuales previamente establecidos por el concesionario y el Estado, los cuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones.
Asimismo, desconocería los derechos del concesionario, las obligaciones y los mecanismos de compensación estipulados en los contratos ley. Incluso afectaría a los propios usuarios, pues se suspenderían los servicios de mantenimiento y construcción de la infraestructura vial brindados.
En suma, el Tribunal concluye:
Esta ley viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes, pese a que los vehículos usan las carreteras concesionadas, y lo han hecho aun en los momentos más estrictos del estado de emergencia por la pandemia del COVID-19.