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07 de diciembre de 2022

Tribunal Constitucional emite precedente constitucional sobre la debida notificación de las sentencias penales en el domicilio real del procesado

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha emitido el primer precedente vinculante en materia de notificación de las sentencias penales en los domicilios reales de los procesados, al amparo del artículo VI del título preliminar del Nuevo Código Procesal Constitucional.

Tribunal Constitucional emite precedente constitucional sobre la debida notificación de las sentencias penales en el domicilio real del procesado

A través de la sentencia recaída en el Exp. N.° 03324-2021-PHC/TC, el Tribunal Constitucional (TC) emitió el primer precedente vinculante sobre la debida notificación de las sentencias penales, con base en el artículo VI del título preliminar del Código Procesal Constitucional tras declarar fundada una demanda de habeas corpus presentada por una persona condenada en calidad de cómplice por el delito de colusión y que no fue debidamente notificado.

 

La decisión del TC detalla que debe aplicarse aquella norma que favorece el derecho a impugnar de los justiciables, a pesar de que existan diversas regulaciones procesales con previsiones diferentes en torno a la notificación de las resoluciones judiciales, como es el caso de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Penal, con base en una interpretación pro persona o pro homine, el sistema garantista y el derecho fundamental a la defensa.

 

Además, el TC ha fijado como precedente vinculante que “sentencias tales como la condenatoria, y otras resoluciones que producen efectos graves e inmediatos en la libertad de la persona imputada, deben ser notificadas en el domicilio real, pues es la interpretación más tuitiva en el ámbito penal”.

Fuente: Tribunal Constitucional (TC)

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