Sumilla: [El] Colegiado tiene claro que la tipicidad es uno de los aspectos integrantes de la teoría del delito, la misma que se subdivide en tipicidad objetiva y tipicidad subjetiva. Respeto de esta segunda categoría es necesario realizar algunas precisiones a propósito de las consideraciones que argumenta la defensa del procesado (...). Así, al tipo subjetivo pertenecen aquellas circunstancias…
2.a SENTENCIA: Caso “Mamani Oscco: Derrumbe de obra en la Victoria”

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