6. En el Acuerdo Plenario N.º 002-2005/CIJ-116, la Corte Suprema no estableció como requisito para que el testimonio del agraviado se considere prueba de cargo válida capaz de enervar la presunción de inocencia del imputado:a. Ausencia de incredibilidad subjetiva; es decir, que no existan relaciones entre agraviado e imputado basadas en el odio, resentimientos, enemistad u otras que puedan…
Pregunta del Balotario de la JNJ para aspirantes a jueces y fiscales penales

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