Sumario

1. Introducción.— 2. Determinación del grado de participación bajo los criterios de imputación objetiva en los delitos de violación sexual.— 3. Los factores que se deben tomar en cuenta para determinar el estándar de conducta exigible en un contexto social específico donde el sujeto participa en una reunión entre amigos y proporciona las bebidas alcohólicas, el vehículo y el ambiente donde se produce una violación sexual.— 4. ¿Presenciar el acto de violación sexual y no impedirlo es suficiente o no para imputar al agente ser cómplice primario de dicho delito?— 5. Análisis del elemento subjetivo referido al dolo en la complicidad primaria.— 6. Sobre el estadio del iter criminis del delito de violación sexual en que debe participar el sujeto para ser considerado cómplice primario.— 7. ¿Resulta relevante o no analizar la conducta posterior a la consumación del delito a fin de determinar el grado de participación del sujeto en el delito de violación sexual?— 8. Elementos que se deben verificar a fin de determinar que una persona haya realizado una conducta de acción por omisión impropia en un delito de violación sexual.— 9. Referencias.

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Resumen

Este artículo tiene por objeto responder la interrogante de si puede considerarse cómplice primario del delito de violación sexual a aquel que presencia el acto y no hace nada por impedirlo. Para ello, el autor se vale de las herramientas metodológicas de imputación objetiva. Así, analiza la entidad del aporte, el dolo y el estadio del desarrollo del delito en que debe tener lugar la intervención del agente para imputar la complicidad primaria en el delito de violación sexual. Asimismo, determina si es posible castigar a este espectador con base en la omisión impropia. 

Palabras clave: imputación objetiva, complicidad primaria, partícipe expectante, omisión impropia, violación sexual 

Fundamento legal: arts. 12, 13 y 170 del CP. 

Recibido: 19-7-23
Aprobado: 1-8-23
Publicado en línea: 4-9-23 

ABSTRACT 

The purpose of this article is to answer the question of whether a person who witnesses the act and does nothing to prevent it can be considered a primary accomplice to the crime of rape. To do so, the author uses the methodological tools of objective imputation. Thus, he analyzes the entity of the contribution, the intent and the stage of development of the crime in which the agent's intervention must take place in order to impute primary complicity in the crime of rape. It also determines whether it is possible to punish this bystander on the basis of improper omission. 

Keywords: objective imputation, primary complicity, expectant participant, improper omission, sexual violation. 

Title: Complicity in the crime of sexual violation: objective imputation, subjective elements and subsequent conduct. 

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1. Introducción

Los criterios de imputación objetiva (incremento del riesgo permitido, principio de confianza, autopuesta en riesgo de la víctima, prohibición de regreso), presentados de forma orgánica en el discurso penal a inicios de los años setenta (siglo XX) por Claus Roxin y continuados por Günther Jakobs y otros penalistas, se han constituido en la actualidad en referentes dogmáticos de significativa…