Sumario
1. Introducción.— 2. Antecedentes: el caso de violación sexual denunciado.—3. Análisis jurídico.— 4. Conclusiones.— 5. Referencias.
Resumen
El 19 de enero del 2020, en la discoteca Vibra, ubicada en el distrito de Chincha Alta, dos jóvenes fueron invitadas a continuar tomando licor en la playa por el imputado, en compañía del administrador del local. Estando en estado de inconsciencia producto de la ingesta de alcohol, fueron trasladadas por el administrador de la playa a la discoteca, en donde el imputado tuvo acceso carnal con una de ellas, mientras que el primero se limitó a observar, sin hacer nada por impedirlo. Posteriormente, este borró las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia de la discoteca. En el presente artículo, el autor analiza si cabe imputarse complicidad primaria en el referido delito al administrador por alguna de las conductas realizadas.
Palabras clave: complicidad primaria, riesgo permitido, complicidad posconsumativa, violación sexual en estado de inconsciencia, principio de autorresponsabilidad
Fundamento legal: arts. 9, 13, 25 y 171 del CP.
Recibido: 14-8-23
Aprobado: 28-8-23
Publicado en línea: 3-10-23
1. Introducción
El recurso de casación es el medio por el cual se busca unificar la jurisprudencia en nuestro país. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la República aún no ha emitido pronunciamiento respecto a los criterios de aplicación y determinación de la complicidad primaria en los delitos contra la libertad sexual a partir de los criterios de la imputación objetiva. Por ello, resulta necesario que…

