Sumario
1. Introducción.— 2. La interpretación judicial no convierte al operador en legislador.— 3. Los derechos humanos como horizonte de la interpretación judicial. Trascendiendo las razones meramente epistémicas.— 4. En materia probatoria ha de interpretarse que todo lo que no resulta prohibido se encuentra permitido. Análisis de la doctrina legal señalada en el f. j. n.º 10 del AP N.° 3-2023.—5. Lo inadmisible de la prueba prohibida por la ley, de la prueba realizada en forma distinta a la regulada por la ley, así como de la prueba inconstitucional. Análisis de la doctrina legal señalada en el f. j. n.º 11 del AP N.° 3-2023.— 6. La admisión de las soluciones probatorias tardías. Análisis de la doctrina legal señalada en el f. j. n.º 15 del AP N.° 3-2023.— 7. Las reglas de pertinencia, utilidad y conducencia para justificar la admisión de los medios de prueba. Análisis de la doctrina legal señalada en los ff. jj. n.os 16 al 19 del AP N.° 3-2023.— 8. La exclusión de la prueba sobreabundante y la imposible. Análisis de la doctrina legal señalada en los ff. jj. n.os 20 al 22 del AP N.° 3-2023.— 9. La dinámica de la audiencia intermedia. Análisis de la doctrina legal señalada en el f. j. n.º 23 del AP N.° 3-2023.—10. Las convenciones probatorias. Análisis de la doctrina legal señalada en el f. j. n.º 24 del AP N.° 3-2023.— 11. Referencias.
Resumen
El autor analiza los fundamentos del AP N.° 3-2023 y critica que los jueces, extralimitándose en su función interpretativa y asumiendo el papel del legislador, hayan limitado el ofrecimiento de pruebas en la etapa intermedia. También destaca la importancia de la libertad de prueba, argumentando que las partes deben tener la capacidad de demostrar sus pretensiones o defensas con cualquier medio probatorio permitido por la ley, en aras de llegar a la verdad real en el proceso. Finalmente, analiza las reglas de pertinencia, utilidad y conducencia para justificar la admisión de los medios probatorios y critica las convenciones probatorias expuestas en el acuerdo plenario.
Palabras clave: principio de legalidad, interpretación judicial, verdad real en el proceso, libertad de prueba, exclusión de medios probatorios, derechos fundamentales
Fundamento legal: arts. 75, 76, 121, 144, 150, 155, 156, 157, 159, 165, 172, 182, 349, 350, 351, 352, 373, 382, 383, 393, 403 y 422 del CPP; arts. 15 y 135 del CP.
Recibido: 7-12-23
Aprobado: 10-12-23
Publicado en línea: 3-01-24
1. Introducción
En el presente artículo examinaremos los supuestos que conforman la doctrina legal del AP N.° 3-2023, es decir, los fundamentos jurídicos 10 y 11, así como del 15 al 24. Nuestra hoja de ruta consiste en determinar si estamos ante un supuesto de infracción material del principio de legalidad, evidenciada por la sustitución del legislador por el juzgador, o si nos encontramos ante una…

