Sumario

1. Introducción.— 2. Los problemas contemporáneos de la determinación de la pena.— 3. Criterios jurisprudenciales del AP N.º 1-2023.— 3.1. Necesidad de establecer modelos específicos (y diferenciados) para realizar el procedimiento de individualización de la pena.— 3.2. Aplicación de la pena cuando concurren circunstancias, causales de disminución o aumento de punibilidad y reglas de reducción por bonificación procesal.— 3.3. Esquema operativo para determinar la pena en casos de tentativa de delitos con agravantes específicas.— 3.4. Imponer pena privativa de libertad en delitos sancionados con cadena perpetua cuando concurren circunstancias atenuantes, causales de disminución de punibilidad o reglas de reducción por bonificación procesal.— 3.5. Aplicación excepcional de reglas de reducción por bonificación procesal de origen supralegal.— 4. Referencias.

Resumen

El autor analiza la determinación de la pena concreta según los criterios jurisprudenciales establecidos por el Acuerdo Plenario N.° 1-2023, que plantea un sistema alternativo al de tercios, a saber, el sistema escalonado, para aplicar las agravantes o atenuantes específicas establecidas en la parte especial del Código Penal. En ese sentido, explica sus presupuestos y la forma de aplicación del referido sistema en diversos supuestos.

Palabras clave: determinación de la pena, sistema escalonado, individualización de la pena, agravantes específicos

Fundamento legal: arts. 45, 45-A y 46 del CP.

Recibido: 15-12-23

Aprobado: 18-12-23

Publicado en línea: 3-1-24

1. Introducción

El Código Penal de 1991 introdujo un capítulo específico para regular la determinación de la pena, en el cual únicamente se señalaba —de manera genérica—los parámetros para motivar y fundamentar la pena (art. 45), así como las circunstancias agravantes o atenuantes para la individualización de la pena concreta entre los límites máximo y mínimo de la pena abstracta (art. 46).Sin embargo, a partir…