Sumario
1. Introducción.— 2. Insuficiencia de los tipos penales del Código Penal.—2.1. Sobre la insuficiencia del delito de estafa.— 2.2. Sobre la insuficiencia del delito de hurto de uso.— 2.3. Sobre la insuficiencia del delito de apropiación ilícita.— 3. Ámbito de ampliación del delito de fraude en la administración de la persona jurídica.— 3.1. Ámbito de aplicación.— 3.2. Los colegios profesionales como persona jurídica que comprende el delito de fraude a la administración de persona jurídica.— 3.3. Delito de fraude en la administración de persona jurídica no se limita a los delitos societarios.— 3.4. Personas jurídicas de hecho.—3.5. Sobre el bien jurídico protegido.— 3.6. Estructura típica del delito de fraude en la administración de persona jurídica.— 4. Conclusiones.— 5. Referencias.
Resumen
El autor analiza el delito de fraude en la administración de las personas jurídicas, resaltando la importancia del administrador en la gestión leal del patrimonio de la entidad. El legislador penal ha tipificado este comportamiento en el art. 198 del Código Penal como respuesta ante la insuficiencia de los tipos penales existentes (estafa, hurto de uso y apropiación ilícita). Asimismo, critica la línea jurisprudencial que limita el rango de este ilícito a los delitos societarios, y propone una interpretación más amplia, acorde con el bien jurídico protegido y la estructura típica del delito.
Palabras clave: fraude, apropiación ilícita, administración de la persona jurídica, fraude en la administración de la persona jurídica, delitos societarios, infracción de deber.
Fundamento legal: art. 198 del CP.
Recibido: 11-1-24
Aprobado: 20-1-24
Publicado en línea: 4-3-24
1. Introducción
El contexto social en el que vivimos actualmente hace que cada vez sea más difícil que una persona pueda conseguir determinados fines de manera individual. Por esta razón, muchas personas optan por conformar una agrupación que les permita alcanzar dichos fines, es decir, optan por constituir una persona jurídica. En ese sentido, se puede observar que la persona jurídica es un “instrumento” que…

