Sumario

1. Introducción.— 2. Marco normativo.— 3. Definiciones.— 4. ¿Cuáles son los costos de denunciar al agresor en un hogar?— 5. Alcances del AcuerdoPlenario N.° 1-2011/CJ-116.— 6. La incorporación de la prueba anticipada endeclaraciones de víctimas mayores de edad a propósito de la Ley N.° 30364.—7. Conclusiones.— 8. Referencias.

Resumen

La autora estudia los costos sociales, familiares y económicos de la denuncia para las víctimas de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, sobre quienes, en la mayoría de circunstancias, existe una situación de dependencia con el agresor, antes y durante todo el proceso penal. En este sentido, la regulación de la prueba anticipada se erige como mecanismo prevención de la revictimización en la Ley N.° 30364. Además, incide en un aspecto poco abordado: la declaración de las víctimas mayores de edad como prueba anticipada.

Palabras clave: prueba anticipada,
cámara Gesell, revictimización, violencia intrafamiliar, violencia de género, política criminal, prueba testimonial

Fundamento legal: arts. 3-8 y 19 de la Ley N.° 30364; art. 242 del CPP.

Recibido: 15-2-24

Aprobado: 20-2-24

Publicado en línea: 4-3-24

1. Introducción

La violencia, en general, es la expresión directa, estructural y/o cultural de la agresividad humana, que reproduce situaciones aprendidas que generan daños físicos y psicológicos que minan la dignidad del ser humano en cualquier contexto social. Los seres humanos tenemos una alta probabilidad de ser torturados física y mentalmente en la esfera privada del hogar. Al pertenecer nuestro país a una…