Sumario
1. Introducción.— 2. La prueba anticipada.— 3. La cámara Gesell.— 4. Tendencia jurisprudencial en contra de la procedencia de la cámara Gesell como prueba anticipada durante el desarrollo de las diligencias preliminares.— 5. La procedencia de la cámara Gesell como prueba anticipada durante las diligencias preliminares.—6. Incongruencia normativa entre la regulación procedimental de la prueba anticipada frente a la prisión preventiva.— 7. Conclusiones.— 8. Referencias.
Resumen
La entrevista única o cámara Gesell es considerada una técnica de interrogatorio semiestructurada a efectos de evitar la revictimización, indispensable cuando la víctima es un niño, niña o adolescente, en casos de delitos contra la dignidad, la libertad personal y libertad sexual. Ella debe ejecutarse como prueba anticipada; sin embargo, a la fecha, las víctimas enfrentan barreras por parte de la administración de justicia. Así pues, el presente artículo busca fundamentar la procedencia de la cámara Gesell como prueba anticipada en virtud de la tutela jurisdiccional efectiva a la luz del principio del interés superior del niño.
Palabras clave: cámara Gesell, prueba anticipada, diligencias preliminares, tutela jurisdiccional efectiva, interés superior del niño, debida diligencia reforzada
Fundamento legal: arts. 242-245 del CPP; arts. 18 y 19 de la Ley N.° 30364; art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Recibido: 2-2-24
Aprobado: 10-2-24
Publicado en línea: 4-3-24
1. Introducción
A pesar de que la norma procesal establece la procedencia de la cámara Gesell para su actuación como prueba anticipada, incluso desde las diligencias preliminares, los requerimientos presentados por el Ministerio Público son resueltos por parte de la judicatura como improcedentes o inadmisibles. Se argumenta que aún no se ha identificado al presunto autor o que no existen hechos concretos…

