Sumario
1. Introducción.— 2. El impulso procesal en la investigación preparatoria sujeta a control de plazo.— 3. El derecho a la pluralidad de instancia y el impulso procesal.— 4. Fin de la instancia de facto.— 5. La Corte Suprema y el impulso procesal al declararse fundado el control de plazo.— 6. Conclusiones.— 7. Referencias.
Resumen
La autora explora la posibilidad de agotar las diligencias programadas con anterioridad a la resolución judicial que declara fundado un control de plazo y ordena la conclusión de la investigación preparatoria mientras se elevan los actuados a la instancia superior en caso de apelación. Para responder a esta interrogante, recurre a una interpretación sistemática, en la que toma en cuenta los fines del proceso penal, entre los que destaca el esclarecimiento de los hechos o la averiguación de la verdad.
Palabras clave: actos de investigación, investigación preparatoria, control de plazo, recurso de apelación, fines del proceso penal
Fundamento legal: arts. 330, 334, 343 y 418 del CPP.
Recibido: 28-5-24
Aprobado: 4-6-24
Publicado en línea: 3-7-24
1. Introducción
Las funciones que le han sido confiadas a los representantes del Ministerio Público y a los operadores del derecho en general deben orientarse prima facie a cumplir los fines del proceso1 y funciones del derecho penal2, específicamente en este caso, los fines del proceso penal, entre los que destacamos, el esclarecimiento3 de los hechos o sucesos sujetos a investigación criminal dentro del plazo…

