Sumario
1. Introducción.— 2. Generalidades respecto a la excepción de improcedencia de acción.— 3. Principio de legalidad.— 4. Principio de legalidad procesal.— 5. Pluralidad de instancias y el derecho a recurrir.— 6. Igualdad ante la ley.— 7. Igualdad de armas.— 8. Noción de desestimación.— 9. Puntos clave de la Casación N.º 3109-2022 Tacna.— 10. Conclusiones.— 11. Referencias.
Resumen
La excepción de improcedencia de acción es a la que más recurre la parte imputada en la práctica jurídica, a pesar de que también se pueden deducir las demás excepciones. No obstante, existe poca comprensión de ella por parte de la judicatura nacional, y ello se pone de manifiesto en la interpretación judicial cuando dicho medio es desestimado en la etapa intermedia. Por ello, el autor recurre a una interpretación sistemática y teleológica de dicho instituto procesal e insta a las instancias judiciales a hacer prevalecer los principios procesales, como la pluralidad de instancias y la igualdad ante la ley, cuando una resolución pueda ocasionar algún perjuicio al justiciable.
Palabras clave: medios técnicos de defensa, excepción de improcedencia de acción, etapa intermedia, pluralidad de instancias, igualdad de armas, interpretación sistemática.
Fundamento legal: arts. I.3, I.4, VII.3, 6.1.b y 352.3 del CPP; arts. 2.2, 139.3 y 139.6 de la Const. Pol.; arts. 1.1, 8 y 24 de la CADH; art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
1. Introducción
Dentro del proceso penal peruano instaurado mediante el Código Procesal Penal del 2004, se han diseñado una serie de mecanismos procesales para garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de naturaleza procesal de los sujetos involucrados. Así, desde la óptica de la doctrina procesalista, se ha indicado que estos mecanismos jurídicos favorecen al fortalecimiento y optimización de las…

