Sumario

1. Prolegómeno.— 2. Las leyes penales sí “persuaden” a las organizaciones criminales.— 3. Ensayos en la redefinición de organización criminal, las leyes 32108 y 32138.— 4. Ser investigadas por una fiscalía especializada sí disuade a las organizaciones criminales.— 5. Las leyes 32108 y 32138 a pesar de la Constitución Política de 1993.— 6. Las leyes 32108 y 32138 contra la Convención de Palermo y la Convención de Viena.— 7. Colofón.— 8. Conclusiones.— 9. Referencias.

Resumen

El autor analiza la vinculación de las leyes 32108, 32138, entre otras, con el crecimiento de la delincuencia común y organizada, y si estas leyes se encuentran conciliadas con el texto constitucional y en armonía con los estándares internacionales de lucha contra la delincuencia organizada y compromisos asumidos frente a la comunidad internacional.

Palabras clave: organización criminal, secuestro, extorsión, sicariato, control de constitucionalidad, control concentrado, control difuso, control de convencionalidad.

Fundamento legal: art. 317 del CP; arts. 2 y 3 de la Ley N.º 30077; art. 2.24.d de la Const. Pol.; arts. 2 y 34 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; art. 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

1. Prolegómeno

Tu casa tiene barrotes, cerco eléctrico, cámara de seguridad con sensor de movimiento y alarma; tu puerta de calle tiene una mirilla para verificar si la visita es de fiar. Solo tienes la ventana de tu casa para ver tu ciudad pasar y pasar, y cuando pasa un patrullero, corres tu cortina porque… no se sabe. Estás conectado con el resto de tu país y tu mundo por la pantallita de tu celular; ya no…