Sumario

1. Introducción.— 2. El fútbol como fenómeno social.— 3. El fútbol como fenómeno económico.— 4. El fútbol y la realidad mundial.— 4.1. El cambio de asociación deportiva sin fines de lucro a un nuevo régimen especial de sociedad de capital: sociedad anónima deportiva en Europa.— 4.2. La influencia de la sociedad anónima deportiva en América Latina.— 4.3. Criminalidad económica y su vínculo con el fútbol: el deporte más amado por la mafia.— 5. El fútbol y realidad peruana en el ámbito de la inteligencia financiera.— 5.1. Primera consulta a la Unidad de Inteligencia Financiera.— 5.2. Segunda consulta a la Unidad de Inteligencia Financiera.— 6. Lavado de activos y fútbol.— 7. Los clubes de fútbol como sujetos obligados a informar a la SBS–UIF Perú.— 8. Necesidad de implementar un criminal compliance en el deporte.— 9. Análisis e interpretación de resultados.— 9.1. Análisis e interpretación de la respuesta de la Unidad de Inteligencia Financiera en cuanto al Oficio N.° 16855-2023-SBS.— 9.2. Análisis e interpretación de la respuesta de la Unidad de Inteligencia Financiera en cuanto al Oficio N.° 68113-2023-SBS.— 9.3. Discusión.— 10. Conclusiones.—
11. Referencias.

Resumen

El autor describe cómo, en tiempos modernos, el fútbol ha devenido en un fenómeno económico de alto riesgo, en el que intervienen diferentes entidades que representan sus respectivos intereses. En ese contexto, dichas entidades (clubes, federaciones, organismos internacionales como FIFA, UEFA, entre otros), al ser personas jurídicas privadas, son pasibles de ser sujetos pasivos en un proceso penal o, incluso, responsables penalmente por delitos económicos. Bajo esa premisa, analiza los límites del actual Sistema Acotado de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento de Situaciones Vinculadas a Delitos Derivados del Terrorismo en lo que respecta a la fiscalización y sanción de la Federación Peruana de Fútbol, así como de los clubes profesionales de primera y segunda división, por la comisión de delitos económicos.

Palabras clave: lavado de activos, Federación Peruana de Fútbol, Unidad de Inteligencia Financiera, criminal compliance

Fundamento legal: arts. 1 y 5 del D. Leg. N.° 1106; art. 3 de la Ley N.° 29038.

1. Introducción

La globalización de la criminalidad económica ha provocado el replanteamiento de la intervención del ius puniendi hacia sectores nuevos de la realidad social, esto es, la expansión del derecho penal. Por ello, se ha convertido en un tema esencial de la reflexión jurídico-penal moderna.La “aparición de nuevos intereses” (protección de nuevos bienes jurídicos) constituye una de las causas de la…