La penalización o despenalización de una determinada conducta humana debe partir de consideraciones criminológicas. Es necesario seleccionar, entre los actos con suficiente desvalor para lesionar o poner en peligro un bien jurídico tutelado por la ley penal, aquellos comportamientos que realmente necesiten y merezcan una pena, siempre que exista una alarma social generalizada en todo el colectivo…
Ley N.° 32182: la insostenible penalización de la función judicial y fiscal bajo el tipo penal de prevaricato


Fiscal de Lima

UNMSM
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