Sumario
1. Introducción.— 2. En los delitos de agresiones en contra de las mujeres, ¿es necesario que el contexto sea cíclico, reiterativo y continuo?— 3. ¿Es posible la configuración del delito de agresiones en contra de los integrantes del grupo familiar como agresiones mutuas?— 4. Conclusiones.— 5. Referencias.
Resumen
El autor reflexiona respecto del elemento contexto exigido en la regulación de los arts. 122-B y 108-B del CP. Así, advierte la falta de uniformidad en la jurisprudencia nacional respecto a su tratamiento, ya sea como un elemento normativo o, a contrario sensu, como un elemento descriptivo del tipo penal. No obstante, fundamenta una posición jurídica propia al respecto. También, cuestiona los casos de agresiones mutuas a partir del concepto de relación de asimetría y los descarta como ilícitos subsumibles en el tipo de agresión contra las mujeres o integrantes del grupo familiar.
Palabras clave: elemento normativo, agresiones contra la mujer, violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, contexto, tipo penal
Fundamento legal: art. 122-B y 108-B del CP; art. 6 de la Ley N.º 30364.
1. Introducción
Los delitos de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar suceden con bastante incidencia en nuestro país; consecuentemente, estos son los delitos que ocupan mayor carga procesal. La política criminal, en respuesta a este flagelo, ha optado por el camino de la penalización de estas conductas. Así, se han desarrollado distintas disposiciones legales —Ley N.º 30364, D.…

