Sumario

1. Introducción.— 2. Sobre la conducta penalmente reprochable.— 3. Postura que defiende la exclusividad del dolo directo.— 4. Postura que admite la comisión del tipo penal por dolo eventual.— 5. Postura del autor.— 6. Conclusiones.—
7. Referencias.

Resumen

En el presente artículo, el autor analiza la viabilidad de atribuir la comisión del delito de aprovechamiento indebido del cargo por dolo eventual. Para ello, se inicia explicando cuáles son los alcances del injusto penal, esto es, el comportamiento penalmente reprochable en el marco de las contrataciones u operaciones estatales. De allí, se desarrollan las diversas posturas que existen en el ámbito teórico respecto de cómo debe entenderse el dolo en el tipo penal señalado, resaltando principalmente dos teorías: la volitiva y la normativa. Sentadas dichas bases, se toma postura y se concluye que el tipo penal objeto de análisis puede configurarse por dolo eventual, siempre y cuando se prioricen las circunstancias objetivas que se vinculan al conocimiento del funcionario o servidor público infractor de la norma penal.

Palabras clave: negociación incompatible, aprovechamiento indebido del cargo, corrupción de funcionarios, dolo directo, dolo eventual.

Fundamento legal: art. 36 del CP.

1. Introducción

El delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo es uno de los delitos de corrupción de funcionarios que mayor atención ha merecido por parte del sector académico y es que debido a su redacción, y a la complejidad de la casuística que se presenta ante los tribunales de justicia, se han emitido múltiples interpretaciones en torno a si, por ejemplo, es punible o no la…