Sumario
1. Introducción.— 2. Trayectoria histórica de la normativa hacia un camino punitivo.— 2.1. Primera etapa: de la total indiferencia a la visualización de los menores en situación irregular.— 2.2. Segunda etapa: camino a la construcción de un derecho penal juvenil.— 2.3. Tercera etapa: retroceso de la especialidad penal juvenil.— 3. Conclusiones.— 4. Referencias.
Resumen
El artículo expone una diferenciación cronológica e histórica del marco legislativo penal juvenil peruano. En ese contexto, que la autora denomina tercera etapa de nuestra legislación penal juvenil, se critica la promulgación de la Ley N.º 33320, en la medida que representa un retroceso respecto de la especialidad penal juvenil. Asimismo, se advierte que dicha norma adolecería de inconstitucionalidad por contravenir un conjunto de principios vinculantes provenientes del sistema interamericano (de naturaleza supranacional) tales como el interés superior del niño y del adolescente, la proporcionalidad, el carácter educativo de la respuesta penal, la especialidad, entre otros.
Palabras clave: adolescentes infractores, sistema penal juvenil, principios jurídicos, sistema interamericano.
Fundamento legal: Ley N.° 32330; art. 22 del CP.
1. Introducción
El niño o adolescente que infringe la ley penal ha sido históricamente visto como un enemigo de la sociedad y del Estado, primero de manera encubierta, para ahora de manera evidente enfrentársele, atribuyéndole la condición de adulto que no tiene, así justificar la desproporcionalidad que tiene lugar actualmente en el ámbito penal.Por lo tanto, la Ley N.° 32330 es el fatal desenlace de una serie…

