Sumario

1. Introducción.— 2. El reconocimiento de personas en rueda en la praxis procesal.— 3. Garantías procesales vulneradas en el reconocimiento de personas en rueda.— 4. Conclusiones y propuestas.— 5. Referencias.

Resumen

El autor estudia las carencias protocolares presentes en el acto de reconocimiento de personas en rueda, las cuales se reflejan en inadaptados comportamientos por parte de los operadores intervinientes y de los testigos (incluidos los colaboradores eficaces) llamados a identificar al presunto ejecutor o partícipe de un delito. Tales deficiencias dificultan el desarrollo transparente y óptimo que dicho acto debe tener; motivo por el cual el autor señala algunas propuestas y recomendaciones que podrán contribuir o ampliar un panorama de reconsideración de cambios al protocolo establecido para el reconocimiento de personas.

Palabras clave: reconocimiento de personas en rueda, derecho a la defensa, prueba ilícita

Fundamento legal: art. 189 del CPP

1. Introducción

El reconocimiento de personas en rueda[1], regulado en el art. 189 del CPP, es una diligencia centrada en lo perceptible; es decir, se basa sobre todo en el recuerdo y se caracteriza, desde una perspectiva personal, por poseer muchas influencias externas.La psicología ha analizado ciertos factores que condicionan la percepción original del individuo y repercuten en el reconocimiento del presunto…