Sumario
1. Introducción.— 2. Perspectivas doctrinarias sobre la declaración del imputado como mecanismo de defensa.— 3. Regulación normativa y tratamiento legal.— 4. El derecho a guardar silencio y a la no autoincriminación.— 5. Valor probatorio de la declaración vs. derecho a no autoincriminarse: análisis y criterios jurisprudenciales.— 6. Errores frecuentes que vulneran el nemo tenetur.—
7. Conclusiones.— 8. Referencias.
Resumen
En el proceso penal peruano persiste la controversia acerca de si la declaración del imputado es un medio de prueba o únicamente un acto de defensa. En el presente artículo, el autor examina su valor procesal y su vínculo con el derecho a guardar silencio y la no autoincriminación, integrando enfoques doctrinarios, jurisprudenciales y normativos para proponer criterios que equilibren la búsqueda de la verdad con la tutela efectiva de los derechos fundamentales del imputado.
Palabras clave: declaración del imputado, medio de prueba, derecho a guardar silencio, no autoincriminación, presunción de inocencia
Fundamento legal: art. 2.24.h; 139.14 de la Const. Pol.; art. 159, 160, 161, 376 y 378 del CPP
1. Introducción
En el ámbito del proceso penal cobra especial relevancia la declaración del imputado, entendida como el acto procesal mediante el cual la persona acusada responde a las preguntas de la autoridad acerca de los hechos incriminados. Tradicionalmente se ha debatido si dicha declaración debe considerarse un medio de prueba en sentido estricto o, más bien, un mecanismo de defensa del imputado. Este…

