Sumario

1. Introducción. 2. Nociones generales. 3. Breves consideraciones del proceso penal por faltas. 4. El desistimiento en el proceso penal por faltas. 5. A modo de conclusión. 6. Propuestas. 7. Referencias.

Resumen

El autor examina las posturas del “desistimiento tácito” y del desistimiento expreso como formas de conclusión extraordinaria por extinción de la acción penal en el proceso penal por faltas. Sostiene que la postura del desistimiento tácito es una mala praxis, al concluir el proceso sin emitir una resolución fundada en derecho. Por el contrario, exhorta a considerar la garantía procesal de la tutela jurisdiccional efectiva, en sus vertientes de derecho de acceso a la justicia del ofendido o agraviado y de derecho a obtener un pronunciamiento de fondo sobre el asunto controvertido, debidamente sustentado en derecho. Dicho pronunciamiento puede materializarse en un auto de sobreseimiento, una sentencia condenatoria o una sentencia absolutoria, según corresponda, y únicamente de forma excepcional en la conclusión por desistimiento expreso a petición del agraviado.

Palabras clave: proceso penal por faltas, denuncia, acusación, desistimiento tácito, desistimiento expreso, tutela jurisdiccional efectiva, acceso a la justicia, bien jurídico de interés público

Fundamento legal: art. 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; art. 139.3 de la Const. Pol.; arts. 110, 369, 482-487 del CPP; arts. 11, 440-452 del CP.