Sumario

1. Introducción. 2. Legítima defensa. 3. Legítima defensa putativa. 4. Actuación policial y uso de la fuerza. 5. El uso de la fuerza letal en virtud de una legítima defensa putativa. 6. Conclusiones. 7. Referencias.

Resumen

El artículo analiza la legítima defensa putativa como eximente de responsabilidad penal aplicable a los agentes de la Policía Nacional del Perú en casos de flagrancia delictiva, según la Ley N.º 32291, que modificó el D. Leg. N.º 1186 e incorporó la presunción de defensa propia. El problema jurídico se centra en los límites de esta figura cuando el agente actúa frente a una amenaza inexistente, pero percibida razonablemente como real. Se concluye que la legítima defensa putativa opera como una eximente únicamente cuando el error del agente es invencible y su actuación proporcional al riesgo percibido, descartando su aplicación automática.

Palabras clave: legítima defensa putativa, uso de la fuerza policial, flagrancia, error de tipo, eximente de responsabilidad penal

Fundamento legal: art. 2 y 22 de la Const. Pol.; art. 20.3 del CP; arts. 259 y 260 del CPP; arts. 4, 6 y 8.4 del D. Leg. N.º 1186; Ley N.º 32291