En primer lugar, es preciso señalar que el secreto bancario se configura como aquella obligación impuesta a los bancos de no revelar a terceros sin causa justificada los datos referentes a sus clientes que lleguen a su conocimiento como consecuencia de las relaciones jurÍdicas que los vinculan1. Es un deber de silencio a cargo de los bancos respecto de hechos vinculados a las personas con quienes…