RESUMEN

En el presente artículo, el autor luego de analizar ciertas estipulaciones previstas por el CPP del 2004 (arts. 6, 8, 53, 65, 259, 321, 344-348), mediante el uso de las categorías de la teoría del derecho, la filosofía tout court, y las provenientes del derecho alemán, estadounidense y japonés, pone en tela de juicio el supuesto garantismo procesal instaurado por nuestro actual sistema procesal…