Hay que recordar que, el 19 de agosto del 2013, la Ley N° 30076 realiza una serie de modificaciones al Código de Ejecución Penal (D. Leg. N° 654), entre las cuales se encuentra la efectuada al artículo 48° del Código anteriormente referido que, en concordancia con los artículos 46°-B y 46°-C del Código Penal, regula el beneficio de semilibertad estableciendo que es inaplicable a los reincidentes…
Según la Ley N°30076, ¿cuándo es inaplicable el beneficio de semilibertad?

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