¿Los correos electrónicos constituyen documentos que pueden servir como medio de prueba en el proceso penal? En nuestro ordenamiento jurídico debe entenderse por documento a “todo escrito u objeto que sirve para acreditar un hecho”, como lo señala el artículo 233 del Código Procesal Civil (en adelante CPP). Esta definición también es de aplicación en el proceso penal ––como no podía ser de otra…
¿Los correos electrónicos constituyen documentos que pueden servir como medio de prueba en el proceso penal?

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