¿En qué consiste la doble dimensión del derecho de defensa? La Constitución Política del Perú, en su art. 139.14, reconoce el derecho de defensa. Más aun, el principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso constituye una de las garantías indispensables para que un proceso judicial sea realizado con irrestricto respeto del derecho al debido proceso. En reiterada…
¿En qué consiste la doble dimensión del derecho de defensa?.

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