Conforme a los artÍculos 47°, 48° y 53° de Código de Ejecución Penal no podrán acceder a los beneficios de semilibertad, liberación condicional y redención de pena, los internos condenados por los siguientes delitos1:1.TORRES GONZALES, Eduardo, Beneficios Penitenciarios. Medidas alternativas a la pena privativa de libertad, 2ª ed., Idemsa, Lima, 2014, pp. 209-210. - Tráfico ilÍcito de drogas…
¿Qué delitos no gozan de los beneficios penitenciarios de semilibertad, liberación condicional y redención de pena?

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