Sumario

1. Introducción. — 2. Definición. — 3. Regulación normativa. — 4. Jurisprudencia nacional e internacional. — 5. La motivación de las decisiones judiciales en la prueba indiciaria. — 6. ¿Es obligación del fiscal postular la acreditación del caso mediante la prueba por indicios para que el órgano jurisdiccional pueda analizar y construir un juicio de culpabilidad? — 6.1. El fiscal está obligado a sustentar la acreditación del caso mediante la prueba por indicios, para que el órgano jurisdiccional emita pronunciamiento sobre la responsabilidad penal. — 6.2. El fiscal no está obligado a sustentar la acreditación del caso mediante la prueba por indicios, a fin de que el órgano jurisdiccional emita pronunciamiento sobre la responsabilidad penal. — 7. Conclusión. — 8. Referencias bibliográficas.

Resumen

El autor señala que la prueba indiciaria se funda en indicios concluyentes periféricos al hecho que se quiere acreditar., por ello en la jurisprudencia nacional señalan que, a través de la prueba indirecta, se prueba un hecho inicial —indicio—, a fin de acreditar la existencia del hecho final —delito— a partir de una relación de causalidad “inferencia lógica. En contexto, es necesario resolver la siguiente interrogante: ¿Es obligación del fiscal postular la acreditación del caso mediante la prueba por indicios para que el órgano jurisdiccional pueda analizar y construir un juicio de culpabilidad? Al respecto se encuentran posturas divididas, por un lado, señalan que el fiscal tiene la obligación de postular la acreditación del caso mediante la prueba por indicios, por cuanto es titular de la acción penal y sobre él recae la carga de prueba; y, por otro lado, señalan que el fiscal no tiene la obligación de postular la acreditación del caso mediante la prueba por indicios, ya que en el juez recae la responsabilidad de resolver la controversia.

Palabras clave: Prueba indiciaria / Prueba indirecta / Prueba circunstancial o coyuntural / La motivación de las decisiones judiciales.

Recibido: 13-07-18

Aprobado: 01-09-18

Publicado en línea: 02-10-18

The author states that the circumstantial evidence is based on conclusive and peripheral evidence to the fact that is wanted to prove, therefore national jurisprudence indicates that, through indirect evidence, an initial event is proven -indicating-, in order to accredit the existence of the final event - crime - from a causal relationship "logical inference. In context, it is necessary to solve the following question: Is it the duty of the prosecutor to apply for the accreditation of the case by means of evidence for indications so that the court can analyze and construct a guilty trial? In this respect, divided positions are found, on the one hand, they indicate that the prosecutor has the obligation to postulate the accreditation of the case by means of the evidence for signs, inasmuch as he is the holder of the criminal action and on it the burden of proof lies; and, on the other hand, they point out that the public prosecutor does not have the obligation to postulate the accreditation of the case by means of the evidence test, since the judge has the responsibility to resolve the controversy.

Keywords: Indicting evidence / Indirect test / Circumstantial or circumstantial evidence / The motivation of judicial decisions.

Title: Is it the duty of the prosecutor to apply for the accreditation of the case by means of evidence for indications so that the jurisdictional body can analyze and issue a guilty judgment?

1. Introducción

La prueba indiciaria o indirecta viene siendo utilizada de manera constante por los operadores de justicia al momento de emitir pronunciamiento en un caso concreto. Dentro del ámbito judicial un sector considera a la prueba indiciaria como medio de prueba o elemento probatorio, mientras otro grupo lo cataloga como un método valorativo de las proposiciones fácticas —hechos—; de allí se genera la…